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jueves, 14 de junio de 2007

Aprender la Lección


Columna Rotafolio
Por Javier Corral Jurado
Chihuahua, México


La vida nos presenta a lo largo de nuestra historia personal dos o tres momentos esenciales para trazar inequívocamente nuestra identidad; hay quienes piensan que pueden ser un poco más esas oportunidades, pero no muchas. Circunstancias en las que se pone a prueba decir con toda claridad quiénes somos y que no somos, por qué luchamos en la vida y hasta donde podemos llegar, o en palabras del Ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación Sergio Salvador Aguirre Anguiano: de qué están hechas las personas. Dejarlas pasar, o resolverlas de manera contraria a la íntima convicción, genera un profundo naufragio en el que se pierde la esencia personal.

Como ningún otro asunto en la última década, la Ley Televisa puso a prueba de ese temple a muchas personas, sectores e instituciones públicas. Fue una especie de referente para saber dónde andamos como sociedad; mostró un inventario de los activos con los que contamos en las diversas áreas de nuestra vida política, económica, social y cultural, pero también se convirtió en un mirador doloroso del largo camino que aun queda por recorrer en varios frentes, sobre todo en el de la política gubernamental y en el de la comunicación electrónica, para merecernos el título de Nación plenamente democrática.

De ahí que la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre la acción de inconstitucionalidad contra la Ley Televisa, sea una bocanada de aire fresco en la esperanza que tenemos los ciudadanos de que las instituciones funcionen, y que los hombres y las mujeres que integran los órganos del Estado se comporten leales a su dignidad y responsables en el ejercicio de sus deberes legales y constitucionales. Por eso hay un grato sabor de boca de mucha gente y la conciencia de que por lo menos un poder del Estado, no ha cedido al chantaje ni a la intimidación de uno de los poderes fácticos que se ha vuelto contra la democracia, como es el de las televisoras; una Corte que ha tenido el patriotismo y el valor necesario para ver el interés público por sobre cualquier interés partícular o de grupo. Por eso la gente está contenta y de muchas partes del país nos llegan mensajes de satisfacción, de entusiasmo, de confianza en que otro México es posible.

La batalla contra la Ley Televisa, logró muchos más frutos de los que resultan con la declaración de inconstitucionalidad de sus principales artículos, consistente en la expulsión de esas normas del orden jurídico mexicano; de manera fundamental, la Corte le resarció patrimonialmente al Estado cerca de 25 mil millones de pesos, al recuperar su potestad sobre el uso de miles de mehagertz en el espectro radioeléctrico que pretendían ser utilizados por los concesionarios de la Televisión para incrementar sus negocios a los servicios adicionales de Telecomunicaciones.

La resolución de los Ministros de nuestro Tribunal constitucional no sólo vuelve inoperantes e inútiles los propósitos principales de asegurarse larga vida en el dominio sobre las concesiones de las empresas de Televisión, sino que da pie a una nueva legislación de la radio y la televisión, si en efecto también hay Congreso y Ejecutivo que aquilaten la responsabilidad que les ha sido evidenciada en el debate constitucional. De la acción de inconstitucionalidad la Corte nos concedió la razón en 14 de los 21 conceptos de invalidez, en los que impugnamos 11 artículos permanentes y tres transitorios, de un total de 28 artículos que comprendieron las reformas. De los 11 artículos impugnados los Ministros invalidaron totalmente dos, y en seis más declararon nulas varias porciones normativas; y en uno de los transitorios se concedió la razón a los actores. Las nulidades declaradas por la Corte, fueron los artículos clave, por lo que es absolutamente correcto señalar que se trata de un desfondamiento de las intenciones de sus verdaderos autores.

Hay que recordar que aunque conocida como “Ley Televisa”, en realidad fue una operación legislativa a ciertos artículos claves, que tuvo como eje fundamental el aspecto técnico-mercantil. De la Ley Federal de Telecomunicaciones sólo modificó tres y adicionó dos, de los 74 artículos que la componen en total. De la Ley Federal de Radio y Televisión, modificó 13 artículos y adicionó 6, de los 106 que tiene en total, y generó cuatro artículos transitorios.

Además a todos nos queda claro que en esta lucha se ha ganado terreno en el compromiso de la transparencia y se sientan importantes criterios e interpretaciones constitucionales que serán referentes indiscutibles del nuevo orden jurídico mexicano.

La Corte deliberó de cara a la Nación, y en ese debate vimos a los Ministros de lo que están hechos: de carne y hueso, de sapiencia y sentido ético, de mesura y valor; no saben de todo, pero tienen método para estudiar y aprenden rápido. A ninguno lo pudieron engañar con los mitos del espectro, que son muchos más que los que la religión ha impuesto acerca del cielo. El Ministro ponente Sergio Salvador Aguirre Anguiano se metió al tema digital, a la convergencia tecnológica, y en la audiencia con los expertos resultó más perito que ellos.

Un dato importantísimo queda como precedente para la administración de la justicia, “en tratándose de acciones de inconstitucionalidad”: el proyecto se puede entregar a los promoventes y a los demandados, pueden alegar en la etapa final y complementar sus argumentos sobre la validez o invalídez de las normas. No hay en este tipo de juicio, partes propiamente dichas, pues nadie reclama para sí derecho subjetivo alguno, pero los Ministros votaron por unanimidad que los que presentan la acción, así hayan perdido el carácter de senadores tienen plena legitimación activa, pues es la supremacía de la Constitución lo que está en medio. Esto rompe con el concepto tradicional de la personalidad jurídica, y se coloca como un acicate permanente frente a la pereza o la irresponsabilidad legislativa que intercambia bienes del dominio de la nación por favores de campaña electoral.

Lección de dignidad, de la que todos estamos obligados a aprender, resulta el actuar de los Ministros y la sentencia de la Corte. Regresa en muchos la esperanza y esa esperanza es una oportunidad para la clase política en su conjunto. No podemos desperdiciar la ocasión, sería un craso error desestimar el valor de lo que hemos presenciado.

martes, 12 de junio de 2007

Si no sales en Tele, ¡sí existes!


Columna Más Análisis
Por Sergio Armando López Castillo
Chihuahua, México.


En las últimas semanas en que se ventiló en las televisoras nacionales, en la CNN periódicos de la capital del país y del extranjero, y también en medios de comunicaciones regionales y locales, el histórico fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre la llamada “ley Televisa” o traje a la medida de Televisa y TV Azteca, así como para TELMEX y oros consorcios de las telecomunicaciones, el ex senador y ex candidato a gobernador de Chihuahua, Javier Corral Jurado, no aparecía en la TV.

O si salía, sólo utilizaban su imagen para golpearle sin sustento alguno. Primero Televisa, inventándole un título de crédito, con el apoyo de un juez local, de un recado hecho a mano por Corral Jurado en 2004, autorizando anuncios publicitarios a la empresa televisora en Chihuahua durante su campaña política, le hizo aparecer como “deudor” de más de 1 millón de pesos a esa compañía por concepto de spot.

Aunque Javier Corral no fue quien contrató esos anuncios, sino el Partido Acción Nacional.

Segundo: TV Azteca Nacional le pretendió exhibirlo como “incongruente”, cuando ha sido Corral Jurado uno de los hombres más definidos, convincentes y puntuales de sus ideas y forma de trabajo, que existen en Chihuahua y tal vez en el país.

La estrategia era muy clara…las dos televisoras que acaparan el 82% del espacio electrónico de la televisión y parte de la radio en México, trataron de combatirlo a base de desprestigio en sus emisiones de noticias. Sólo para eso le mencionaban hace unos días.

Sin embargo, el chihuahuense que es considerado el padre de la corriente transformadora de los medios de comunicación electrónica en el país, se resistió a ese castigo y lejos de “aniquilarlo” política y públicamente, Corral se creció al castigo, una vez que la SCJN sentó el certero precedente nacional e internacional de que la “ley” Televisa o de Telecomunicaciones que los diputados y algunos senadores pasaros sin análisis ni detenimiento como tal, contiene al menos 4 puntos torales que son absolutamente inconstitucionales y atentatorios contra la equidad y la democracia a partir de la explotación del espacio tele-radio electrónico nacional, a través de las concesiones a perpetuidad de que gozan y pretenden seguir usufructuando unas cuantas familias de adinerados en México.

Estoy en absoluto acuerdo con Corral Jurado, un hombre de temple, valiente, tenaz, brillante y estadista, que se metió a combatir a un monstruo televisivo, como son Azteca y Televisa, y al menos, con la lucidez, entereza y ecuanimidad de la SCJN en su fallo reciente, de que este hombre casi solo, logró detener la ambición desmedida de acumulación de poder de las dos principales empresas de televisión que quieren suplantar al poder del Estado mexicano, “empantallando” a la sociedad.

No obstante los coletazos pueden venir fuertes, como lo advirtió el propio Corral en su conferencia del pasado 11 de junio en le Congreso del Estado, auspiciada por ese poder legislativo y el Colegio de Periodistas de Chihuahua que preside Alejandro Salmón Aguilera.

En todo este proceso, complejo, sinuoso, en el que transitó Javier por la causa de equilibrar y democratizar el espectro de los medios electrónicos de comunicación y las concesiones que otorga el Estado, Corral Jurado, y quienes lo apoyaron en la encrucijada anti monopólica de los medios, como Dulce María Sauri y Manuel Barttlet Díaz (quien lo dijera, dijo Corral) nos demostraron fehacientemente una gran verdad, que a base de mentiras y manipulaciones se nos ha venido vendiendo como una máxima de los medios televisivos: “Si no salimos en la televisión, SÍ EXISTIMOS¡

lunes, 11 de junio de 2007

La Nulidad del Refrendo


Columna Rotafolio
Por Javier Corral Jurado
Chihuahua, México


La Suprema Corte de Justicia de la Nación, desarticula, poco a poco, la Ley Televisa. Al menos varios de los propósitos originales que llevaron a la empresa a presionar y chantajear al Congreso de la peor manera, están enfrentando la nulidad constitucional, en una primera intención de voto de los Ministros. Cada discusión pone de relieve lo mal hecho de la reforma, y aun en aquellas impugnaciones que han sido validadas, queda claro que la consigna sigue siendo mal aliada de la técnica legislativa lo que provoca ambigüedades, incertidumbres y no pocas contradicciones.

Conforme avanza la discusión en el pleno de nuestro tribunal constitucional, se exhibe a los que fraguaron y operaron la aprobación de esa legislación frente a múltiples advertencias de que los preceptos normativos no sólo eran aberrantes desde el punto de visto social, cultural, jurídico, político y económico, sino también varios de ellos inconstitucionales. La orden ensoberbecida de no cambiarle ni una coma, está teniendo las consecuencias que toda pretendida definitividad acarrea a los ambiciosos: el colapso mayor; o como lo dijera el clásico, fueron por lana y pueden salir trasquilados.

Se acredita en el debate de la Corte que no se trata de errores, negligencia o ignorancia jurídica, sino de omisiones deliberadas en unos casos y en otros, de acciones abiertamente contrarias al interés público. Sólo basta escuchar las deliberaciones entre los Ministros para darse cuenta que muchos de los argumentos que hace más de un año se expresaron en la tribuna del Senado y fueron desechados hasta en tono burlón, se reiteran con puntualidad en el debate de los jueces constitucionales.

Son varios los asuntos que, fuera de los que propone el proyecto del Ministro Sergio Salvador Aguirre Anguiano declarar nulos, diversos Ministros han recuperado en la discusión para argumentar su invalidez y han logrado expulsarlos del orden jurídico. Uno de ellos, que estaba fuera de la ponencia, es el que se refiere al Refrendo Automático a perpetuidad que se concedía a los concesionarios en el artículo 16 de la ley federal de radio y televisión. Me atrevo a decir que junto con el artículo 28 de dicha ley, son los dos temas más trascendentales de esa reforma, pues los dos estaban destinados a asegurarles un dominio por larga vida sobre los derechos de concesión y posibilitarles un uso indiscriminado del espectro radioeléctrico.

La concesión no es un derecho real, que suponga la propiedad del bien concesionado, sino se trata de un derecho instrumental: el Estado autoriza la prestación de un servicio público llamado radiodifusión y concesiona temporalmente un pedazo del espectro para su transmisión. Por lo tanto, en todo momento, el Estado debe conservar la posibilidad de revertir, recuperar, o refrendar ese espectro pues de acuerdo al 27 constitucional, es un bien del dominio directo de la Nación, y conforme el 28 constitucional en ese tipo de bienes concesionados, el Estado debe asegurar la eficacia en la prestación de los servicios, garantizar su uso social y evitar fenómenos de concentración.

El Estado, a través de la autoridad política, debe mantener para sí la potestad de vigilar que la explotación de ese bien que nos pertenece a todos los habitantes del territorio, se dirija en todo momento a satisfacer el interés general. De ahí que, conforme lo ha votado preeliminarmente la Corte, las concesiones estén sujetas a un proceso de revisión en el que se les pueda imponer nuevas contraprestaciones, se verifique el cumplimiento de las condiciones de su título y de las normas legales que las rigen y por supuesto, que puedan ser incluso licitadas de nueva cuenta al momento en que se cumpla su periodo de duración autorizada, y no como lo planteaba la ley Televisa en que el refrendo se pierde exclusivamente por renuncia del titular de la concesión.

Es fundamental aclarar que la Corte sólo invalidó la parte normativa del refrendo que las exceptuaba del procedimiento de licitación y de cumplir con los requisitos en él establecidos, pero mantuvo vigente la primera parte del párrafo que les concede derechos preferentes sobre terceros pues, en efecto, quienes detentan un derecho de concesión que han cumplido a cabalidad, no sólo tienen la posibilidad de volver a participar en la licitación sino que, pueden tener ciertas ventajas sobre los futuros entrantes.

Así pues, con esta decisión se acerca el desmoronamiento de esa Legislación que tantos perjuicios, enfrentamientos y vergüenzas le ha ocasionado a la clase política mexcana, por ser tan evidentes sus consecuencias nefastas al minar el ejercicio de la soberanía estatal y el reforzamiento de grandes concentraciones mediáticas en unas cuantas manos. Si el 28 de la LFRyTV es también declarado inconstitucional, se inutiliza la acción perversa del duopolio televsivo y sus cómplices. Se habrá dado entonces una enorme lección de dignidad, de responsabilidad y seriedad por parte del Poder Judicial de la Federación a los otros dos poderes que engendraron sin escrúpulos por la Nación, una ley injusta. Pero seguirá en ellos la oportunidad del resarcimiento y la rectificación mayor, si al hacer los ajustes ordenados por la Corte, aprovechan la ocasión para entregarle al país una verdadera legislación de medios electrónicos, con sentido democrático y vocación de servicio público.